GESTIÓN ANTISOBORNO
ALCANCE DEL SISTEMA:
La gestión de controles financieros y no financieros orientados a prevenir, detectar y tratar los riesgos de soborno en la ejecución de sus procesos estratégicos, misionales y de apoyo, incluyendo los procesos de Gobernanza municipal y jurídica; Gestión estratégica e integridad; Transparencia, control y fiscalización; Gestión financiera y presupuestaria; Relaciones interinstitucionales y cooperación internacional; Gestión económica y tributaria; Seguridad y convivencia; Servicios públicos y ambientales; Desarrollo territorial y urbano; Desarrollo social y comunitario; Gestión administrativa; Coordinación y logística; Gestión documental y archivo; Gestión de compras y contrataciones; y Gestión soporte informático, aplicables a la prestación de servicios y al ejercicio de las competencias municipales en el territorio de San Salvador Oeste.
POLÍTICA DE REGALOS, DONACIONES, ETC.
La Alcaldía Municipal de San Salvador Oeste, para garantizar que todos sus servidores municipales, así como las partes interesadas pertinentes, cumplan el marco regulatorio interno y de conformidad con la Norma ISO 37001 vigente del Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS), establece la presente Política de Regalos, Donaciones, Hospitalidades y Beneficios Similares que regula a los servidores de la Municipalidad.
Todos los servidores municipales de la Alcaldía de San Salvador Oeste están en la obligación de cumplir con esta política; caso contrario, podrán incurrir en las sanciones disciplinarias y legales aplicables.
Para efectos de la presente política, se establece lo siguiente:
a) REGALOS:
Los servidores municipales tienen prohibido recibir o solicitar regalos, independientemente de su monto, provenientes de terceras partes (proveedores, contribuyentes, usuarios, socios de negocio, contratistas, entre otros).
b) PROMOCIONALES:
Queda prohibido recibir a título personal artículos promocionales provenientes de terceros externos a la Municipalidad.
c) DONACIONES:
Los servidores municipales tienen prohibido recibir a título personal cualquier tipo de donación.
La Municipalidad únicamente podrá recibir donaciones de conformidad con lo establecido en el Art. 30 numeral 18 del Código Municipal y demás leyes aplicables, siguiendo el PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN, EVALUACIÓN Y ACEPTACIÓN DE DONACIONES INSTITUCIONALES.
d) BENEFICIOS SIMILARES:
Queda prohibido recibir o solicitar cualquier otra muestra de obsequio, beneficio o ventaja proveniente de un tercero externo a la Municipalidad que pueda interpretarse como una ventaja indebida o que influya en la toma de decisiones.
e) HOSPITALIDADES:
Los empleados que realizan actividades de campo podrán recibir bebidas no alcohólicas y alimentos de consumo inmediato, siempre que:
- No estén condicionados a un beneficio en la prestación de sus funciones.
- No sean de carácter recurrente.
- No se produzcan dentro de procesos de adjudicación, fiscalización o supervisión contractual.
EXCEPCIONES A LA POLÍTICA:
Quedan exceptuados de las prohibiciones establecidas en esta política lo siguiente:
a) Reconocimientos, premios o distinciones otorgados por entidades gubernamentales o no gubernamentales, nacionales o internacionales, en razón de trabajos culturales, académicos, científicos o actos de servicio público.
b) Invitaciones oficiales a eventos institucionales, académicos o protocolares que formen parte de relaciones interinstitucionales legítimas.
c) Gastos de viaje y estadía cubiertos por organismos nacionales o internacionales para fines académicos o institucionales debidamente autorizados por el Concejo Municipal.
d) Obsequios diplomáticos o de cortesía institucional.
e) Donaciones institucionales aceptadas por el Concejo Municipal conforme al Art. 30 numeral 18 del Código Municipal y gestionadas bajo el PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN, EVALUACIÓN Y ACEPTACIÓN DE DONACIONES INSTITUCIONALES.
f) Donaciones pequeñas destinadas exclusivamente a unidades completas de la Municipalidad, cuyo valor máximo por cada regalía no exceda los diez dólares ($10.00), siempre que:
- No estén dirigidas a personas individuales.
- No estén condicionadas a beneficio alguno.
- No sean reiterativas o frecuentes.
- Sean recibidas, registradas y entregadas por la Función Antisoborno.
- Se documente su recepción mediante acta o formulario correspondiente.
g) No se consideran como regalos aquellos que se otorguen entre compañeros de la Municipalidad, siempre que no impliquen conflicto de interés ni relación con funciones oficiales, como motivo de alguna celebración especifica.
INCUMPLIMIENTO ANTE LA POLÍTICA DE REGALOS
En el caso de que se ofrezca un regalo que contravenga lo indicado en esta Política, deberá ser inmediatamente devuelto o rechazado.
De no ser razonablemente posible la devolución, el regalo deberá entregarse a la Función Antisoborno, completando el formulario de registro correspondiente, para su evaluación y resolución, pudiendo iniciarse la investigación respectiva.
Para evitar que se contravenga lo establecido en la presente política, se comunicará a los proveedores, socios de negocio y demás partes interesadas pertinentes la prohibición de recibir, dar u ofrecer cualquier tipo de dádiva que pueda constituir soborno o ventaja indebida.
Cualquier persona que tenga conocimiento o sospecha del incumplimiento al Sistema de Gestión Antisoborno (Política Antisoborno, Política de Regalos, controles u otros) deberá reportarlo por el canal de denuncia institucionales establecido antisoborno@alcaldiasansalvadoroeste.com
El incumplimiento de la presente política dará lugar a las sanciones disciplinarias y legales aplicables.
